por: ABG. JOSÉ GREGORIO CORREA TAPIAS Después de tantas controversias y muchos debates, tanto políticos como jurídicos sobre las 16 circunscripciones transitorias especiales de paz, se produce el acto legislativo No. 02 del 25 de agosto de 2021, y que está reglamentado por el decreto No. 1207 del 05 de octubre de 2021. Estos hechos han generado inconformismo y la aceptación no ha sido tan favorable en la sociedad en general, y más incertidumbre ha generado en la Reserva Activa de la Fuerza Pública, por lo que me voy a permitir exponer algunos apartes sobre este tema. ¿Quiénes pueden inscribir y postular candidatos? Las organizaciones de víctimas, las asociaciones de campesinos, las organizaciones asociaciones sin ánimo de lucro ( incluyendo las de veteranos y retirados de la fuerza Pública pero que lleven más de cinco años de estar constituidas ) los grupos significativos de ciudadanos, las organizaciones sociales de mujeres, organizaciones indígenas y de afrodescendientes. ...
Opinión y debate.