VIUDAS, HUÉRFANOS Y PADRES que devengan pensión de sobrevivientes o pensión de invalidez: Conozcan sus derechos cuando un hijo o hermano pierde la condición de beneficiario de esa pensión. Por: Abogado JOSE GREGORIO CORREA TAPIAS La pensión de sobrevivientes y la sustitución pensional tienen como finalidad proteger económicamente a los familiares que tienen derecho a recibir una prestación con ocasión del fallecimiento de un Militar o Policía. Sin embargo, cuando una pensión se distribuye entre varios beneficiarios, pueden presentarse situaciones que modifican el derecho de quienes continúan recibiéndola. Una de ellas es el acrecimiento pensional, una figura jurídica que puede permitir que la cuota de la pensión que deja de percibir uno de los beneficiarios incremente la participación de otro, siempre que se cumplan los requisitos legales correspondientes. ¿Qué es el acrecimiento pensional? El acrecimiento pensional consiste en el incremento de la mesada pensional de uno o vari...
por: ABG. SLP (V) JOSE GREGORIO CORREA LA VIUDA DE UN MILITAR ¿PUEDE PERDER LA PENSIÓN SI CONTRAE NUEVAS NUPCIAS? Esta es una de las preguntas que permanentemente llegan a mi oficina, y a continuación te asesorase sobre esto. Bajo el ordenamiento jurídico colombiano actual, una viuda que contrae nuevas nupcias o conforma una nueva unión marital de hecho NO pierde la pensión de sobrevivientes ni la sustitución pensional, ni siquiera tratándose de regímenes especiales como el regulado por el Decreto 4433 de 2004 (régimen pensional de la Fuerza Pública). A continuación, se detallan las razones jurídicas fundamentales y los efectos de esta normativa: INCONSTITUCIONALIDAD DE LA PÉRDIDA DEL DERECHO POR NUEVAS NUPCIAS Históricamente, normativas preconstitucionales y algunos estatutos especiales contemplaban la pérdida de la pensión de sobrevivencia si el cónyuge supérstite volvía a casarse. Sin embargo, la jurisprudencia unificada de la Corte Constitucional y de la Corte Suprema ...