ACRECIMIENTO PENSIONAL ¿CUÁNDO SE PUEDE SOLICITAR EL INCREMENTO DE UNA PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES O SUSTITUCIÓN PENSIONAL?
VIUDAS, HUÉRFANOS Y PADRES que devengan pensión de sobrevivientes o pensión de invalidez: Conozcan sus derechos cuando un hijo o hermano pierde la condición de beneficiario de esa pensión.
La pensión de sobrevivientes y la sustitución pensional tienen como finalidad proteger económicamente a los familiares que tienen derecho a recibir una prestación con ocasión del fallecimiento de un Militar o Policía. Sin embargo, cuando una pensión se distribuye entre varios beneficiarios, pueden presentarse situaciones que modifican el derecho de quienes continúan recibiéndola.
Una de ellas es el acrecimiento pensional, una figura jurídica que puede permitir que la cuota de la pensión que deja de percibir uno de los beneficiarios incremente la participación de otro, siempre que se cumplan los requisitos legales correspondientes.
¿Qué es el acrecimiento pensional?
El acrecimiento pensional consiste en el incremento de la mesada
pensional de uno o varios beneficiarios cuando se extingue el derecho de otro
integrante del grupo familiar que compartía la misma prestación.
Esta situación puede presentarse, por ejemplo, cuando un hijo deja de
reunir las condiciones para recibir la pensión, es decir que ya cumplió los 18
años edad y no está estudiando o cuando fallece uno de los beneficiarios. En
tales circunstancias, es importante establecer si la cuota que queda disponible
puede distribuirse entre los beneficiarios que conservan el derecho.
No obstante, el acrecimiento no debe confundirse con un aumento
automático de la pensión. Su procedencia depende de las normas aplicables al
caso concreto, del orden de beneficiarios y de las condiciones bajo las cuales
se reconoció la prestación.
¿Qué debe hacer si usted considera que tiene derecho al acrecimiento
pensional?
Si usted recibe una pensión de sobrevivientes o una sustitución
pensional y otro beneficiario ha perdido su derecho o ha fallecido, es
recomendable revisar si la entidad que reconoce y paga la prestación debe
modificar la distribución de las cuotas.
Para ello, resulta conveniente reunir la resolución de reconocimiento pensional, los documentos que acrediten la novedad ocurrida y los registros civiles correspondientes. Dependiendo del caso, también pueden requerirse certificaciones de estudio, documentos relacionados con la invalidez u otras pruebas.
Con esta documentación podrá evaluarse la viabilidad jurídica de presentar una solicitud formal ante la entidad competente y determinar si existe fundamento para reclamar el acrecimiento y las diferencias económicas que legalmente correspondan.
No deje de revisar sus derechos pensionales. Una modificación en
las circunstancias de los beneficiarios puede justificar un estudio jurídico
para establecer si la prestación está siendo reconocida y distribuida
correctamente.
En el Centro de Atención y Soluciones Jurídicas de ENTERPRISE ABOGADOS contamos con un equipo especializado en estos temas y podemos estudiar su situación pensional y orientarlo sobre la viabilidad de solicitar el acrecimiento de su pensión de sobrevivientes o sustitución pensional.
Si usted considera que tiene derecho a un incremento en su mesada pensional por el cumplimiento de la edad legal, la pérdida de la condición de beneficiario o el fallecimiento de un hijo o hermano beneficiario, solicite una consulta para evaluar su caso particular.
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